El protocolo frente al acoso obliga a su empresa desde la primera persona contratada
No hay umbral de plantilla, no hay excepción por sector y no basta con tener el documento: hay que acreditar que se negoció o consultó, que se difundió y que hay personas formadas para instruir un expediente.
- La capacitación para implantarlo es 100 % bonificable por FUNDAE.
- Su equipo sale de las sesiones con el protocolo personalizado y las actas firmadas.
- Los servicios de mediación, peritaje y canal se contratan aparte, si hacen falta.
Ocho evidencias, y ninguna es «tener un archivo»
La legislación exige a todas las empresas, sin importar su tamaño, garantizar un entorno de trabajo libre de hostigamiento. Estas son las pruebas que se piden cuando se abre un expediente.
Declaración de principios
Compromiso expreso de tolerancia cero frente al acoso moral, sexual, por razón de sexo, identidad de género y su versión en entorno digital.
Riesgo psicosocial evaluado
La violencia sexual y psicológica integrada dentro de la evaluación de riesgos del puesto, conforme a la LPRL y a la LO 10/2022.
Formación acreditada
Registro documental de que la plantilla ha recibido formación sobre qué conductas constituyen acoso y cómo comunicarlas.
Protocolo documentado
Documento formal, negociado o consultado con la representación legal si la hay, conocido y a disposición de toda la plantilla.
Vía de comunicación segura
Un medio ágil e imparcial donde notificar incidentes bajo confidencialidad y sin temor a represalias. No exige la plataforma completa de la Ley 2/2023 por debajo de 50 personas.
Procedimiento de investigación
Protocolo paso a paso para investigar sin revictimizar a quien denuncia y garantizando la presunción de inocencia de la persona denunciada.
Medidas cautelares
Capacidad efectiva de separar a la víctima del presunto agresor —cambio de turno, teletrabajo, reubicación— mientras dure la investigación.
Régimen disciplinario
Aplicación del régimen sancionador interno, hasta el despido, si la investigación confirma los hechos. Sin él, el protocolo es inaplicable.
Lo que se resuelve dentro de la acción formativa
Diez horas en cuatro sesiones de aula virtual. Nosotros capacitamos y guiamos; su equipo redacta, firma y publica. Al terminar, la empresa tiene el sistema montado y sabe operarlo.
Capacitación de la Comisión Instructora
Las personas que vayan a instruir aprenden a recibir una comunicación, valorar indicios, motivar un archivo, adoptar medidas cautelares y cerrar un expediente con garantías. Es lo que después responde ante la Inspección.
Ecosistema documental completo
Se entrega la base sobre la que trabajar: protocolo, acta de constitución de la comisión paritaria, procedimiento de triaje técnico y plantillas textuales de respuesta para cada fase del expediente.
Personalización guiada en directo
En la última sesión su equipo adapta el protocolo a su convenio, su organización, sus canales reales y la existencia o no de representación legal. Sale personalizado del taller, no de una plantilla genérica.
Difusión y evidencia
Publicación interna, cartelería y el registro firmado de que cada persona trabajadora ha sido informada. Esa firma es de las primeras pruebas que pide un inspector.
Lo que hacemos nosotros, cuando hace falta
Ninguno de estos servicios entra en la bonificación de FUNDAE ni se factura junto a ella. Se presupuestan aparte y se contratan solo si su empresa los necesita.
Evaluación de riesgos psicosociales
La realizamos nosotros y entregamos el informe con las medidas correctoras. Es obligación de todas las empresas y la pieza que más veces falta cuando llega una inspección por acoso.
Revisión técnica del protocolo
Si prefiere no redactarlo en el taller, o si ya tiene uno y quiere saber si aguanta, lo revisamos y le devolvemos el informe de encaje.
Mediación de conflictos
Intervención profesional cuando el caso admite desescalada y no procede abrir expediente. Clara Ospina interviene como mediadora acreditada.
Peritaje y evaluación del daño
Apoyo especializado ante expedientes complejos o judicializados, donde la Comisión Instructora necesita criterio externo.
Canal con AcosoZero Bot
El asistente conversacional se entrega activado durante la formación. Su atención y mantenimiento posteriores son un servicio de suscripción independiente.
Qué ocurre desde el minuto uno de una denuncia
Los plazos no son orientativos. Incumplirlos convierte un caso defendible en una infracción muy grave.
Recepción y acuse de recibo
Registro formal de la comunicación y acuse de recibo a la persona informante en un plazo máximo de 7 días naturales.
Valoración inicial de indicios
Admisión a trámite o archivo motivado. La motivación escrita del archivo es lo que protege a la empresa si el caso se judicializa después.
Expediente y medidas cautelares
Apertura del expediente, separación efectiva de las partes para proteger a la presunta víctima y fase de alegaciones con garantía de audiencia y presunción de inocencia.
Resolución y custodia
Resolución en un plazo máximo de 3 meses, aplicación del régimen disciplinario si procede y custodia del expediente conforme al RGPD, con plazos de conservación tasados.
Del taller no sale un archivo nuestro: sale el suyo
Nosotros aportamos el método, las plantillas y el criterio técnico. Su equipo redacta, decide, firma y publica. Esa es la diferencia entre comprar un documento y saber sostenerlo ante una inspección.
Su protocolo, redactado por ustedes
Sobre nuestras plantillas, su equipo lo adapta durante el taller a su convenio, su organización, sus canales reales y la existencia o no de representación legal de las personas trabajadoras.
La constitución de su Comisión Instructora
Su empresa designa a las personas y levanta el acta de la comisión paritaria. Nosotros explicamos qué requisitos la hacen válida y qué la invalida.
El procedimiento de triaje, aprendido y practicado
Se trabaja sobre plantillas textuales de respuesta para cada fase —acuse de recibo, admisión, archivo motivado, medidas cautelares y cierre— y se practican con un caso simulado.
El canal, puesto en marcha por su equipo
Con la designación formal de la persona responsable y la publicación interna. Nosotros acompañamos la simulación de uso en la última sesión.
El registro de difusión a la plantilla
Su empresa lo ejecuta; nosotros explicamos por qué ese acuse firmado es de las primeras pruebas que solicita la Inspección.
Los certificados de la acción formativa
Diplomas y registro de asistencia de las personas participantes: la evidencia documental de formación que exige la Ley 15/2022.
Punto de partida
- Revisión de plantilla y obligaciones aplicables
- Diagnóstico del protocolo actual, si existe
- Comprobación del crédito FUNDAE disponible
- Calendario de las cuatro sesiones
Revisión de encaje sin coste y sin compromiso.
Deje de tener un protocolo. Empiece a tenerlo implantado.
Le decimos en qué punto está su empresa, qué le falta exactamente y cuánto de ello cubre su crédito de formación.
La bonificación de FUNDAE cubre exclusivamente la acción formativa y los costes admisibles ligados a su impartición. Los servicios de consultoría, evaluación, mediación, peritaje y la suscripción al canal son servicios privados independientes y no bonificables. Referencias consultadas: Ley 31/1995, art. 16; LO 3/2007, art. 48; RD 901/2020; LO 10/2022, art. 12; Ley 15/2022; Ley 2/2023, art. 10; Ley 4/2023 y RD 1026/2024; RDL 5/2000 (LISOS); y criterios operativos de FUNDAE. Fuentes oficiales: boe.es · fundae.es.